Ordena la SCJN a cines que proyecten películas en formatos accesibles para personas con discapacidad visual

Redacción

Chilpancingo, 07 marzo (PlanB).- Este miércoles 6 de marzo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las salas de cine del país deben proyectar películas en formatos que les permitan a las personas con algún tipo de discapacidad visual acceder a este medio de entretenimiento y comunicación, con lo que se busca garantizar su derecho a la cultura.

La Segunda Sala de la Corte amparó por unanimidad a Óscar Ortega Morales, una persona con discapacidad visual, quien se quejó de que el Congreso de la Unión no atendió a este sector de la población en la reforma al artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía (LFC) de 2021.

Además de amparar al quejoso, las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres, así como su colega Alberto Pérez Dayán, dieron efectos generales al amparo, y convirtieron la sentencia en una orden, para implementar una política pública a nivel nacional.

La reforma de 2021 se enfocó en las personas con discapacidad auditiva, pues prohibió exhibir películas dobladas al español, salvo las infantiles y documentales, para llevarlas en sus versiones originales con subtítulos.

Dicha reforma no se concretó, porque las cadenas nacionales dueñas de las salas de cine se ampararon, y en octubre pasado, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional dicha reforma, por limitar la libertad de comercio, y ordenó que se permita exhibir cualquier película doblada al español, siempre y cuando lleve subtítulos.

Según la sentencia, disponible en el sitio web de la SCJN, el aparato legislativo “incurrió en una omisión”, que genera “la inconstitucionalidad del artículo 8 de la LFC, al dejar de tomar en cuenta que para lograr la medida de accesibilidad a las personas con discapacidad visual se obligue a que las películas que se exhibirán en las salas de cine se encuentren dobladas al español y con audio descripción, al constituir una medida razonable para garantizar el derecho a la accesibilidad”.

La SCJN sentenció que la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación “llevará a cabo las medidas necesarias que permitan proporcionar los elementos idóneos para que las salas de cine cuenten con dispositivos electrónicos que permitan garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad visual a los materiales cinematográficos en audio descriptivo”.

Asimismo, deberá vigilar que dicha exhibición “se presente en los mismos complejos cinematográficos en horarios a lo largo del día que las vuelvan razonablemente accesibles a las personas con discapacidad visual”.

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